Resumen: La sentencia de instancia, aclarada por Auto, declara el despido por causas objetivas nulo - nulidad objetiva- al estar el actor en situación de reducción de jornada por cuidado de hijo y no haberse probado las causas económicas y organizativas alegadas por la empresa. Frente a la sentencia se interpone recurso de Suplicación por la empresa que se desestima. Así en cuanto a la causa económica alegada, considera la Sala que no ha sido probada , pues ningún dato en cuanto a la situación de la empresa al momento del despido, ni lo concreta en la carta de despido ni se aporta como prueba en el juicio. En cuanto a la causa organizativa alegada , por haberse amortizado el puesto de trabajo del actor, tampoco se entiende probado partiendo para ello de los hechos declarados probados en la sentencia recurrida cuando se ha procedido a realizar nuevas contrataciones en el mismo centro de trabajo del actor